Extranjería

NIE (número)

El número NIE es probablemente la celebridad de todos los permisos de inmigración. Ha escuchado este nombre muchas veces, pero en caso de que no sepas qué es, permítenos explicártelo. Un NIE (número de identidad de extranjero) es un número de identificación para extranjeros en España.

Además, es un número que pueden obtener tanto los ciudadanos de la UE como los nacionales de terceros países/de fuera de la UE y, en ambos casos, se necesita una “cita previa” para poder obtenerlo.

Necesitarás este famoso número para múltiples aspectos, entre los que se encuentran encontrar trabajo; ser autónomo o freelance; constituir una empresa; abrir una cuenta bancaria; comprar o vender una propiedad, etc.

Además, debes saber que existen dos tipos de números NIE, los de residente y los de no residente. Si tu plan es vivir en Barcelona, ​​el NIE de residente es tu opción.

Finalmente, el número/tarjeta de NIE varía dependiendo de si el solicitante es ciudadano de la UE o de fuera de la UE:

  • Nacionales de la UE:

Para los titulares de pasaportes de la UE hay dos tipos de NIE, el número NIE y la tarjeta NIE. Un número NIE es solo un número escrito en una hoja de papel blanco, mientras que la tarjeta NIE es la pequeña tarjeta verde también conocida como «Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión», que es un certificado / tarjeta de residencia.

  • Nacionales extracomunitarios (no-UE)

Los ciudadanos de fuera de la UE deben solicitar un visado especial para residir en España. Esta visa especial puede ser un visado de estudiante, una visado no lucrativo, un visado de emprendedor, una golden visa, un visado de trabajador altamente calificado, una tarjeta de residencia de miembro de la familia de la UE, entre otras opciones.

Este servicio incluye

  • Asistencia en la obtención de la documentación necesaria y traducción, cuando se requiera.

  • Obtention de cita previa y acompañamiento, si se requiere por el cliente.

Certificado de Registro UE

El Certificado UE es un documento que deberán solicitar los nacionales de la UE que deseen vivir más de 90 días en España, dentro de los tres meses siguientes a su llegada.

Para obtener este Certificado necesitarás acreditar que trabajas o estudias en España, o que dispones de medios económicos suficientes, lo que se traduce en tener alrededor de 8.000 € en una cuenta bancaria española, y tener suscrita una póliza de seguro médico privado completa con la que ya no necesitarás utilizar el sistema sanitario español.

Una vez concedido el Certificado de la UE, es válido indefinidamente siempre que las circunstancias personales del solicitante indicadas en la solicitud sigan siendo las mismas.

Con este permiso podrás residir y trabajar en España disfrutando de los mismos derechos que un ciudadano español.

Este servicio incluye

  • Asistencia en la obtención de la documentación necesaria y traducción, cuando se requiera.

  • Asistencia en la apertura de cuenta bancaria española y contratación de póliza de seguro médico, en caso de que no se haya hecho esta gestión previamente.

  • Obtention de cita previa y acompañamiento, si se requiere por el cliente.

Visado de estudiante

El visado de estudiante es un documento que se otorgará a los nacionales extracomunitarios que deseen venir a España a estudiar un grado, máster, doctorado o realizar investigación durante un año (con posibilidad de renovación) en un centro educativo público o privado.

Además de estudiar, este permiso te permite trabajar hasta 20 horas semanales en prácticas, que pueden ser remuneradas. Asimismo, una vez finalizados tus estudios, conseguir un permiso de trabajo en España te resultará más sencillo.

Por último, y para que lo sepas, el visado de estudiante te permite traer a tu familia contigo para que todos podáis disfrutar en España.

Este servicio incluye

  • Asistencia en la obtención de la documentación necesaria y traducción, cuando se requiera.

  • Asistencia legal y gestión del visado de estudiante.

Visado no lucrativo

El visado no lucrativo es un documento legal que deberán solicitar los nacionales extracomunitarios que deseen residir en España sin realizar ningún tipo de actividad profesional.

Para obtener este permiso con éxito, es necesario acreditar que dispones de medios económicos suficientes y que ha suscrito una póliza de seguro médico privada.

En cuanto a los medios económicos, debes demostrar que tienes alrededor de 30.000 € si eres el único solicitante del visado y, en caso de que quieras traer un familiar contigo, tendrás que sumar 6.000 € por cada uno de ellos.

Ten en cuenta que, aunque no puedas realizar una actividad profesional en España bajo este permiso, el visado no lucrativo te permite estudiar e invertir en este país. 

Además, debes saber que tienes derecho a solicitar la residencia para tu cónyuge e hijos a través de este visado, y a la libertad de movimiento dentro de los países que forman parte del espacio Schengen.

Este servicio incluye

  • Asistencia en la obtención de la documentación necesaria y traducción, cuando se requiera.

  • Asesoramiento legal y gestión del visado no lucrativo.

Visado de Inversor (Golden Visa)

La Golden Visa española es un permiso de residencia que se otorgará a inversores extracomunitarios que realicen una inversión significativa en España.

La inversión mencionada puede ser cualquiera de las siguientes:

  • Activos inmobiliarios (500.000 €).
  • Acciones de una empresa española o depósitos bancarios (1.000.000 €).
  • Deuda pública (2.000.000 €).
  • Emprendedores que inicien proyectos empresariales en España de interés general.

En cuanto a la inversión mencionada en primer lugar, debes tener en cuenta que puede incluir múltiples propiedades y puede ser propiedad de una empresa si el solicitante acredita que tiene el control de la empresa.

Además, la inversión debe realizarse en su totalidad, lo que significa que solo se puede solicitar una hipoteca por el exceso por encima de 500.000 €. En este sentido, la ley exige que dicha suma esté libre de gravamen, por lo que no tiene hipoteca. Finalmente, ten en cuenta que los impuestos no están incluidos en el umbral de inversión.

Una vez concedida la Golden Visa, sus titulares no estarán obligados a solicitar un visado para entrar en el espacio Schengen, y podrán transitar y disfrutar de la libre circulación dentro de este espacio durante un período máximo de tres meses (90 días) por medio año a partir de la fecha de la primera entrada.

Es un proceso rápido y eficiente en el que tu solicitud se resolverá en 20 días.

Este servicio incluye

  • Asistencia en la obtención de la documentación necesaria y traducción, cuando se requiera.

  • Asistencia legal y gestión del procedimiento de solicitud del visado de inversor.

Visado de emprendedor

El visado de emprendedor es un permiso de residencia que deberán solicitar los ciudadanos extracomunitarios que deseen realizar una actividad empresarial en España.

La mencionada actividad emprendedora ha de ser considerada de especial interés para España, lo que significa que es necesario que genere oportunidades de empleo e inversión para el país, y debe ser innovadora y potenciadora en términos de desarrollo socioeconómico.

La buena noticia es que no se requiere una inversión inicial y que puedes comenzar por tu cuenta, e incluso renovar el permiso, sin contratar a ningún empleado, sin que esto suponga la denegación de tu solicitud o de la renovación.

Además, debes saber que tienes derecho a solicitar la residencia para tu cónyuge e hijos a través de este visado, y a la libertad de movimiento dentro de los países que forman parte del espacio Schengen.

Por último, para tu información, el visado de emprendedor se puede solicitar desde España, bajo tu visado de turista o, en caso de que no estés en España, puedes seleccionar un representante para que la solicite por ti dado que no se requiere tu presencia en el país. .

Este servicio incluye

  • Asistencia en la obtención de la documentación necesaria y traducción, cuando se requiera.

  • Gestión del visado de emprendedor.

Trabajadores altamente cualificados

El visado de trabajador altamente cualificado es un permiso de trabajo que permite a los ciudadanos extracomunitarios vivir y trabajar en España de forma legal, siempre que ostenten un puesto de trabajo de directivo/manager o altamente cualificado.

Hay algunos aspectos que es necesario tener en cuenta para poder optar a este permiso, como son los estudios que has cursado, la empresa para la que trabajarás, las tareas que realizarás allí y el salario que percibirás:

  • Estudios: master o doctorado.
  • Compañía para la que trabajarás: (i) grandes empresas y grupos corporativos; (ii) pequeñas o medianas empresas que operan en un sector estratégico para el país; (iii) empresas que lideren un proyecto que potencie el desarrollo socioeconómico del estado español; (iv) universidades; (v) instituciones públicas.
  • Tareas: Desempeñar las tareas propias de un puesto directivo en una gran empresa en España o realizar tareas altamente cualificadas aunque no se ostente un cargo directivo, y realizando investigación, o trabajando como profesor o técnico en una universidad o institución pública.
  • Salario: 40.000 €/año si ejerce una profesión científica o intelectual o 54.000 €/año (mínimo) si ocupa un cargo de gerente o director.

Finalmente, debes saber que tienes derecho a solicitar la residencia para tu cónyuge e hijos a través de este visado mediante una solicitud conjunta, y a la libertad de movimiento dentro de los países que forman parte del espacio Schengen.

Este servicio incluye

  • Asistencia en la obtención de la documentación necesaria y traducción, cuando se requiera.

  • Gestión del visado de trabajador altamente cualificado.

Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE

La tarjeta de residencia de familiar de la UE es un permiso de residencia que permite a los familiares de un ciudadano de la UE/de un ciudadano español que no pertenecen a la UE vivir y trabajar en España en las mismas condiciones que los ciudadanos de la UE.

Para ser considera como «familiar»,  deberás ser cualquiera de los siguientes:

  • Un pariente directo (cónyuge registrado o pareja de hecho)
  • Un descendiente de primer grado (hijos menores de 21 años tanto del nacional de la Unión Europea como de su cónyuge)
  • Ascendiente de primer grado (padres del ciudadano de la UE, siempre que esté a cargo de ellos)

Este permiso tiene una vigencia de 5 años desde que se concede (y siempre que el ciudadano de la UE / nacional español resida en España), y se expedirá en la medida en que el ciudadano UE esté trabajando o estudiando en España o disponga de medios económicos suficientes.

Una vez vencida la vigencia del permiso, y en caso de que el Familiar no haya salido del país, será posible obtener la Residencia Permanente en España. ¡Lee más abajo sobre esto!

Este servicio incluye

  • Asistencia en la obtención de la documentación necesaria y traducción, cuando se requiera.

  • Gestión del procedimiento de solicitud de tarjeta de familiar de ciudadano de la UE.

Residencia permanente para comunitarios y familiares de comunitarios

La Tarjeta de Residencia Permanente es el permiso legal que habilita a los ciudadanos extracomunitarios que llevan 5 años residiendo legal y continuamente en España para obtener la residencia por tiempo indefinido.

Esta Tarjeta de Residencia tiene una validez de cinco años, renovable, y permite a su titular residir y trabajar en España, tanto de autónomo como de trabajador por cuenta ajena, con los mismos derechos que cualquier otro nacional español.

El ciudadano de fuera de la UE con este permiso puede estar fuera de España durante 6 meses o un año completo dentro del período de 5 años de validez de la tarjeta de residencia permanente.

Además, los ciudadanos de la UE pueden solicitar el Certificado de Registro Permanente de la UE, una vez que hayan residido legalmente en España por un período continuo de cinco años, para residir aquí de forma permanente.

Este servicio incluye

  • Asistencia en la obtención de la documentación necesaria y traducción, cuando se requiera.

  • Gestión del procedimiento de obtención de residencia permanente para Ciudadanos UE y sus familiares.